Red Nacional de Apoyo y Soluciones para Adicciones

TRATAMIENTO DE ADICCIONES

El Seguro Escolar para problemas de salud mental y de conducta por adicciones

¿Qué cobertura sanitaria tiene el alumnado con problemas derivados de adicciones?

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El seguro escolar es una cobertura económica y sanitaria que ofrece el Ministerio de Empleo y Seguridad social a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social, para estudiantes de hasta 28 años matriculados en España. Este seguro escolar en casos de salud mental o adicciones también procede. Es decir: se trata de un salvoconducto para casos de problemas psicológicos o psiquiátricos o de tratamiento por conflictos de conducta derivados de consumos de sustancias y otras actitudes compulsivas.

Ahora bien, como veremos, en algunas comunidades autónomas, las competencias de este seguro han sido traspasadas a los gobiernos autonómicos, que son quienes gestionan la ayuda y marcan las condiciones.

Para acceder a esta ayuda, se deberá presentar una solicitud al INSS (que encontrarás más abajo), siempre que el estudiante haya abonado el seguro y se encuentre matriculado oficialmente. La ayuda puede ser de tipo sanitaria (cobertura médica) o económica (indemnización por infortunio familiar, incapacidades derivadas de accidente escolar, gastos de sepelio por accidente escolar o enfermedad).

Todas las respuestas sobre el seguro escolar en casos de salud mental o adicciones

¿Cómo se tramita?

– ¿Cómo se tramita el seguro escolar cuando una persona adolescente tiene problemas de salud mental o problemas de conducta ocasionados por consumo de cannabis o nuevas tecnologías, etc?

– Las personas progenitoras del menor o, en su caso, el estudiante mayor de edad deberán solicitar asistencia médica en los Centros Públicos del Sistema Nacional de Salud o en los centros sanitarios concertados o colaboradores. También puede acudir a centros privados no concertados. En ese caso el Seguro Escolar abonará las cuantías según las tarifas establecidas por este.

El reconocimiento del derecho y pago de las prestaciones del seguro escolar es competencia de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) donde se haya presentado la solicitud.

Los pasos para solicitar el seguro escolar por problemas de salud mental y de conducta por adicciones, son:

  • Buscar un recurso que pueda resolver las dificultades que manifiesta la persona
  • Que los padres presenten la solicitud
  • Si el Centro o Clínica donde se diagnostica a la persona colabora oficialmente con el INSS, desde allí presentan la solicitud de ayuda.
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¿Todos los centros lo aceptan?

– ¿Cualquier clínica o centro ambulatorio relacionado con salud mental o problemas de conducta ocasionados por consumo trabaja con seguro escolar?

– No. La relación de centros concertados o colaboradores se puede consultar aquí: Seguridad Social: Prestaciones /  Pensiones de Trabajadores (seg-social.es)

Formulario de solicitud

– ¿Quién lo tramita, es decir, cómo es el proceso: los progenitores deben solicitarlo al colegio… debe haber una indicación médica…?

– Para aquellas Comunidades Autónomas que no tengan transferidas al Servicio Público de Salud las competencias en materia del Seguro escolar, deben solicitar la prestación los o las estudiantes, o las personas tutoras de estos, a la Dirección Provincial del INSS donde cursen estudios o donde resida el o la paciente y su familia.

En la mayoría de los casos son los progenitores quienes presentan la solicitud. Pero si el centro o clínica de adicciones es privada o concertada y es colaborador del INSS, su personal puede presentar la solicitud de ayuda. Siempre, claro está, que exista una indicación médica. De hecho, en la
solicitud se adjunta el informe médico correspondiente.

Así, deben acompañar la solicitud con un certificado médico oficial, donde el psiquiatra ha de señalar el diagnóstico según las clasificaciones internacionales DSM (Libro de la asociación estadounidense de psiquiatría) o CIE (Clasificación internacional de enfermedades).

En el mismo certificado, el profesional deberá describir brevemente el estado actual del paciente, el tratamiento farmacológico y la terapia psicológica o psiquiátrica indicada, con el número de sesiones, así como si esta última va a ser prestada por un psicólogo o por el propio psiquiatra.

– ¿Dónde y cuándo se presentan las solicitudes del seguro escolar en caso de salud mental o adicciones?

– En la Dirección Provincial del INSS donde la persona estudiante haya recibido tratamiento. En el caso de la asistencia sanitaria por problemas de salud mental o de conductas derivados de consumos problemáticos, la solicitud debe presentarse previamente al tratamiento para el reconocimiento del derecho.

¿Qué tipo de tratamientos cubre el seguro?

– ¿Qué tipo de tratamientos cubre el seguro escolar en caso de salud mental o problemas de conducta ocasionados por consumo de cannabis o nuevas tecnologías, etc: ingreso en un centro, ambulatorio, psicológico, psiquiátrico?

– Esta prestación incluirá el tratamiento en régimen de internamiento o ambulatorio de todos aquellos procesos neuropsiquiátricos que por su gravedad afecten a la continuidad de los estudios. Están excluidos los denominados trastornos del desarrollo psicológico y del comportamiento y de las emociones de comienzo habitual en la infancia y adolescencia.

En su modalidad de internamiento cubre todos los servicios de alojamiento y manutención en centros sanitarios. Además, se abona la asistencia psiquiátrica y la realización de la terapia, psicoterapia, laborterapia y medicación, si se aplicara, siempre de conformidad con las tarifas vigentes del Seguro Escolar.

¿Cubre todo el coste o una parte?

– ¿Qué tipo de cobertura ofrece el seguro escolar en casos de salud mental o adicciones: el coste total del tratamiento, un porcentaje…?

– En teoría cubre el coste del tratamiento, conforme al libro de tarifas. La cuantía diferirá
dependiendo de la prestación pero, por lo general, cubre un porcentaje.

– En este caso, ¿de qué y de quién depende que se dé una cobertura u otra?

– De la prescripción médica de un profesional reconocido oficialmente. La respuesta a la solicitud, así como la cobertura y cuantía, la proporciona el propio seguro escolar.

– ¿Cómo se abona el coste del tratamiento?

– Las prestaciones de tipo económico las realiza el INSS al estudiante o sus progenitores. Las de tipo sanitario pueden efectuarse a la clínica de salud mental o adicciones desde el INSS, o bien a la persona tratada, siempre que presente previamente las facturas del tratamiento.

Duración de la ayuda

– ¿Cuánto tiempo dura esta ayuda y de qué depende esta duración?

– La duración varía dependiendo de la clase de prestación. En general, esta prestación en régimen de internamiento se concede por un período inicial de seis meses, prorrogable durante año y medio por períodos igualmente de seis meses. En neuropsiquiatría, el total es de 24 meses renovables cada 6 meses.

En la prestación en régimen ambulatorio se fija un tratamiento inicial de seis meses, prorrogables por otro período de igual duración, hasta un máximo de un año.

El seguro protege a los estudiantes, menores de 28 años, que cursen estudios oficiales desde 3º de Educación Secundaria Obligatoria (E.S.O.), hasta el final del 3er ciclo universitario, mediante prestaciones sanitarias y económicas, en caso de enfermedad , accidente escolar e
infortunio familiar.

¿Es compatible con otras ayudas?

– ¿El Seguro Escolar en casos de salud mental o adicciones es compatible con otro tipo de ayudas (becas escolares, IMV, etc…)?

– Es compatible con cualquier beca escolar. Pero es incompatible con cualquier otra de idéntico contenido. Así como derivadas de análogo riesgo que causen los estudiantes por estar de alta en un Régimen de Seguridad Social (MUFASE, ISFAS, MUGEJU) como consecuencia de prestar servicios por su condición de trabajador, mientras esta actividad se simultanee a la del propio estudiante.

– Si ya me han dado el seguro escolar por problemas de anorexia o accidente, ¿puedo pedir otro por problemas se salud mental o de conducta asociados a consumo de drogas?

– Sí, si es considerado un proceso neuropsiquiátrico nuevo.

El seguro escolar es por un total de 24 meses renovables coda 6 meses, aunque sea por diferentes problemáticas.

¿Funciona igual en todas las comunidades?

– ¿Las condiciones del seguro escolar varían por comunidades autónomas o son las mismas en toda España? ¿Cómo son estas diferencias?

– Las Direcciones Provinciales del INSS procederán a denegar las solicitudes de prestaciones sanitarias del Seguro escolar (ya sean derivadas de accidente escolar o enfermedad , incluyendo la cirugía general y la neuropsiquiatría), cuando se compruebe que las cuotas del Seguro Escolar han sido ingresadas por el centro educativo donde estudia la persona, en aquellas provincia de las Comunidades Autónomas donde se han transferido las competencias de la gestión sanitaria de este seguro.

Las siguientes Comunidades Autónomas han asumido la acción protectora sanitaria del Seguro Escolar; es decir, que se les ha traspasado las competencias y, por tanto, son ellas las que gestionan las condiciones:

  • Castilla-La Mancha
  • Extremadura
  • Aragón
  • Illes Balears
  • Cantabria
  • Asturias
  • Canarias
  • País Vasco

Las funciones y servicios que asumen estas Comunidades Autónomas corresponden específicamente a la acción protectora sanitaria del Seguro Escolar. En particular las prestaciones siguientes:

  1. Por accidente escolar.
  2. Por enfermedad, incluyendo cirugía general, neuropsiquiatría, tocología, tuberculosis pulmonar y ósea.
  3. Otras prestaciones de carácter graciable: fisioterapia, quimioterapia, radioterapia, cobaltoterapia y cirugía maxilofacial.

En el resto de Comunidades Autónomas, las condiciones son las indicadas en este artículo.

– En aquellas comunidades que no se acogen al seguro escolar, ¿cuál es el procedimiento si tenemos un menor con problemas de salud mental o de conducta asociados al consumo?

– Los gastos sanitarios ocasionados en estas Comunidades Autónomas serán asumidos por ellas mismas, por lo que el reintegro de dichos gastos al estudiante, si procede, deberá solicitarse a través de los organismos autonómicos competentes en la materia.

¿Qué pasa con los estudios?

– En caso de que la persona ingrese en un centro de salud mental o de problemas de conducta ocasionados por consumo, ¿qué pasa con sus estudios?

– Si es menor de 16 años tiene que permanecer escolarizado, puesto que la enseñanza hasta esa edad es obligatoria. El centro tiene la obligación de facilitar que curse sus estudios.

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Redacción

Equipo Adictalia
Comité Editorial | comunicacion@adictalia.es

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  1. Regina 13 May • 15:44

    Muchas gracias por el artículo sobre el seguro escolar.
    Al ser Castilla la Mancha mi comunidad, el INNS me ha denegado la ayuda que ofrece el seguro escolar para tratamiento psicológico para mi hija.En Toledo que es donde vivo, he acudido al SESCAM y aún nadie ha sabido decirme cómo solicitar esa ayuda, es más ,me miran con cara rara cuando le hablo del seguro escolar, no sé qué más hacer, me van dirigiendo de un sitio a otro y esto es una peregrinación que no me lleva a ningún sitio.
    Me podrías decir a dónde tengo que dirigirme, gracias.

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