CUANDO UNA PERSONA NO ACEPTA SU ENFERMEDAD
Ingreso involuntario de una persona adicta en un centro de desintoxicación
Requisitos judiciales y características terapéuticas de un ingreso forzoso
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Las situaciones en que la familia de un adicto o una adicta llega al límite (es decir, que no da más), son tantas como las personas que sufren esta enfermedad. La mayoría, ante la negativa de su familiar a reconocer que tiene un problema y necesita ponerse en tratamiento, se plantea la necesidad del ingreso involuntario o forzoso en un centro de desintoxicación.
Pero, ¿es factible esta alternativa para obligar, nunca mejor dicho, al familiar a someterse a tratamiento? ¿Cuáles son las condiciones, tanto terapéuticas como judiciales, para conseguirlo? Y, en todo caso, ¿resulta conveniente desde el punto de vista terapéutico?
Hemos dialogado con el abogado Pablo Pardo, experto en derecho de familia e incapacidades (ver recuadro al pie de la nota), para conocer el apartado legal de un ingreso involuntario en caso de adicción. Y además, con profesionales de uno de nuestros centros de desintoxicación colaboradores, que recibe con frecuencia casos de ingreso forzado, para comprender las características terapéuticas de este tipo de pacientes.
El requisito fundamental para el ingreso involuntario es que la persona con problemas de adicción ha de encontrarse, según diagnóstico médico, en estado de inconsciencia respecto de la necesidad imperiosa de ingresar en un centro y someterse al tratamiento adecuado para su enfermedad.
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¿Cuándo puede ordenarse el ingreso involuntario o forzado de una persona con adicción?
El internamiento no voluntario por razón de trastorno psíquico está regulado en el art. 753 de la actual Ley de Enjuiciamiento Civil, y puede solicitarse a instancia de parte o puede acordarse de forma urgente, en situaciones excepcionales que no puedan esperar a la autorización judicial. Sin embargo, debe ratificarse por el juzgado que tenga la competencia para ello en el plazo de 24h desde la adopción de la medida.
No obstante, para que se pueda dar o autorizar dicho ingreso no voluntario existe un requisito previo indispensable y absolutamente relevante: y es que la persona cuyo ingreso se solicita por tercero no esté en condiciones, por sí misma, de dar su consentimiento para ingresar (así como para tomar el tratamiento médico que conlleva).
Y esto puede responder a que su patología psiquiátrica [muchas veces asociada al problema de la adicción, ya como causa, ya como efecto] se lo impida de forma permanente. O porque se encuentre en un brote o pico de la misma que anule de forma temporal o puntual su capacidad para poder dar su consentimiento de forma libre y con conocimiento de causa.
Es decir, para que sobre la persona con problemas de adicción recaiga una orden de ingreso involuntario, ésta ha de encontrarse, según diagnóstico médico, en estado de inconsciencia respecto de la necesidad imperiosa de ingresar en un centro y someterse al tratamiento adecuado para su enfermedad. Esto es fundamental.
Resulta muy probable que el juzgado no autorice dicho ingreso en caso de que compruebe que la persona muestra inalterada su capacidad de obrar.
Pablo Pardo, abogado especialista en derecho de familia
Además, existe otro requisito básico y es que la conducta de la persona que deba ser ingresada haya podido generar (no de manera abstracta o teórica), un riesgo para su integridad física o la de otras .
Pues bien, al tener que darse los dos requisitos anteriores (y en especial, el primero de ellos), en los supuestos en que el ingreso no voluntario se solicita por un problema psíquico provocado por una drogodependencia, resulta muy probable que el juzgado no autorice dicho ingreso en caso de que compruebe que la persona muestra inalterada su capacidad de obrar. Y esta circunstancia se da en la mayoría de casos de adicciones.
Es decir, si el drogodependiente es consciente de su situación, y puede decidir por sí mismo si quiere ingresar en un centro de desintoxicación y someterse al correspondiente tratamiento, el juez no puede suplir dicha capacidad de obrar imponiéndole, obligándole, el ingreso en un centro. Ni someterle a un determinado tratamiento médico o terapéutico, por mucho que ésta fuera la decisión más conveniente y adecuada. En estos casos, debe ser la persona adicta quien decida su ingreso y la adopción del tratamiento pautado.



El ingreso forzado es una alternativa poco frecuente
– ¿Cómo se prueba este requisito para el ingreso involuntario en un centro?
– El ingreso no voluntario (forzoso) sólo se da en situaciones de drogodependencia en las que se pruebe, a nivel médico, que el adicto no es capaz de emitir su consentimiento de forma libre y consciente. Se trata de situaciones de crisis muy puntuales y agudas, donde la opinión médica resulta indispensable: se necesitará el informe profesional correspondiente que diga que la persona es incapaz de expresar su voluntad de forma libre y consciente.
– ¿Cuántas posibilidades existen de que una persona pueda ser ingresada en un centro de desintoxicación de forma involuntaria?
– En la mayoría de los casos no se autorizará el ingreso no voluntario de una persona drogodependiente, por muy grave que sea su estado o situación, si el adicto tiene lucidez suficiente en ese momento para decidir si quiere o no realizar el ingreso. En consecuencia, los casos en que se pueda autorizar un ingreso de este tipo en personas drogodependientes son residuales, constituyendo un porcentaje mínimo. No obstante, hay que dejar claro que siempre es posible tramitarlo, pero que resuelvan favorablemente dependerá de cada caso concreto.
– ¿Cómo se solicita el ingreso involuntario?
– Existen dos opciones para solicitar el ingreso involuntario de una persona.
- Por medio de un abogado que lo eleve a un juez (pues se trata de un procedimiento judicial) a solicitud de algún familiar directo, y mediante un escrito/petición que deberá también llevar Procurador. Esta petición sólo puede partir de la familia nuclear, es decir, de los familiares más cercanos: cónyuge, ascendientes (progenitores) y descendientes (hijos/as) o hermanos/as. Esto significa que no puede emprender el trámite una tercera parte o un familiar que pertenezca a la familia extensa: tíos, abuelos, primos…
- En estos últimos casos se deberá tramitar por medio del Ministerio fiscal. Esta es la segunda forma, donde la Fiscalía actúa de oficio y donde no interviene abogado. Sin embargo, es el modo más lento, pues el Ministerio Fiscal debe revisar la solicitud para decidir si procede o no tramitar la solicitud.
(Con anterioridad a la promulgación de la actual Ley de Enjuiciamiento Civil en el año 2.000, el ingreso no voluntario se tramitaba por medio de un procedimiento de jurisdicción voluntaria donde no se necesitaba, en la mayoría de los casos, ni abogado ni procurador. Con la reforma y modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil antedicha, el ingreso no voluntario queda recogido en el art. 763 de dicha Ley, y debe tramitarse como un procedimiento judicial, donde deben intervenir abogado y procurador).



La prueba de la adicción, clave para el ingreso forzoso
– ¿Qué tienen en cuenta el juez o la jueza para dictar el ingreso involuntario en un centro de desintoxicación?
– Además de la inconsciencia, el presupuesto que el juez o la jueza tienen en cuenta de forma clave para ordenar el ingreso no voluntario es que la persona sea un peligro para sí o para otras. Para lo cual habrá que demostrar que su conducta lo ha sido. No se puede internar a nadie de forma forzosa por mera precaución o de modo preventivo (por lo que pudiera suceder en un futuro). Para que la solicitud de internamiento no voluntario pueda prosperar, la persona afectada debe haber obrado de modo que haya puesto en peligro su propia integridad física o la de terceros. Ese va a ser un presupuesto para poder acceder al internamiento forzoso.
No se puede internar a nadie de forma forzosa por mera precaución o de modo preventivo (por lo que pudiera suceder en un futuro).
Pablo Pardo, abogado especialista en Derecho de familia
– ¿Cómo se prueba esta incapacidad para determinar un ingreso forzoso?
– Cuando se trata de un ingreso no voluntario, debe haber un informe médico que diga que la persona no tiene capacidad de obrar, al menos momentáneamente, para que el trámite pueda prosperar o tener favorable acogida.
Ante esta situación, lo mejor es que el entorno familiar y la persona adicta decidan la necesidad de ingreso para un tratamiento.
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– Desde el punto de vista familiar y terapéutico, ¿en qué situaciones se debe plantear una familia el ingreso involuntario?
– Los casos que llegan al centro de ingresos involuntarios son casos en los que el usuario realmente ya es un problema de integridad física tanto para él como para su entorno.
Normalmente en adicciones siempre hay un descontrol, pero en estos casos llega a ser un problema muy grave para todos y todas, suele haber ya situaciones de autolesiones. Los ingresos involuntarios incluso se gestionan a través de Sanidad, de Salud Pública.
La situación física y mental del usuario está tan deteriorada que realmente no puede ser responsable de sus actos y de sus decisiones. Entonces la familia pone el caso en manos de un equipo jurídico. Son los únicos en los que nos planteamos un ingreso voluntario: siempre que haya realmente un riesgo para ellos y para su entorno.
Son los tratamientos más delicados de seguir y de evolución más incierta. Porque dentro de las adicciones hay un factor muy importante que es el deseo del propio usuario
Profesional de centros que reciben ingresos involuntarios
– ¿Son frecuentes los ingresos involuntarios en centros de desintoxicación privados?
– Sí son frecuentes las consultas sobre la posibilidad de ingresar al familiar. Pero que se concrete el ingreso es menos frecuente, porque no está en nuestras manos y tampoco en manos de la propia familia: depende de muchos informes médicos y de informes jurídicos.
Ahora bien, sí es cierto que las familias recurren mucho al centro para preguntar y para intentar asesorarse de cómo gestionar un ingreso involuntario, porque realmente ven que la situación está llegando al límite.
¿Cómo son los tratamientos en estos casos?– ¿Cómo son los tratamientos en caso de ingreso involuntario?
– Son los tratamientos más delicados de seguir y de evolución más incierta. Porque dentro de las adicciones hay un factor muy importante que es el deseo del propio usuario. El deseo de querer salir a partir de detectar que hay algo que no va bien, a partir de identificar la crisis. Cuando se produce un ingreso involuntario no hay un deseo, hay una imposición.
En estos casos, el equipo terapéutico debe estabilizar la situación y crear el deseo a la persona adicta. Esto es muy complicado: cuando alguien no quiere algo, hacerle ver que es justamente eso lo que tiene que hacer es muy difícil.
Desde jóvenes hasta adultos mayores
– ¿Cómo son los perfiles de personas adictas por los que se requiere un ingreso involuntario?
El perfil es muy variopinto. Desde chicos jóvenes con un consumo totalmente desordenado, de todo tipo de sustancias y hábitos (lo cual es común en el consumo abusivo en adolescencia y juventud), hasta un cuadro de histeria en una mujer de 60 años relacionado con el consumo de alcohol. El involuntario acoge a cualquier situación.
– En todo caso, ¿el ingreso involuntario se pide más en casos que involucran a personas jóvenes que adultas?
No, depende más de la capacidad del entorno. Los casos de ingreso involuntario se dan tanto en personas jóvenes como en mayores. Lo que tienen en común todos esos perfiles es que su entorno posee las herramientas suficientes para emprender el ingreso, tanto a nivel cultural como administrativo y económico. Al tratarse de un procedimiento judicial orientado a centros privados, los medios de los que se dispone influyen en el objetivo.
Existe también el ingreso involuntario de tipo social. Cuando se da una situación similar en familias de bajos recursos, incluso que viven en la calle, y personas con problemas judiciales. Estas realidades de adicción en entornos empobrecidos permanecen más dentro de un engranaje de instituciones carcelarias y centros estatales.
Por el contrario, los ingresos involuntarios en el área privada dependen más de la capacidad del entorno familiar, que posee más recursos a todos los niveles.
Es muy raro que se vayan. Una cosa es el verbo, la amenaza, y otra la acción. Hay que tener en cuenta que estas personas están muy limitadas en movimiento,
Profesionales de centros que reciben ingresos involuntarios
– ¿Qué reacción tiene la persona que ingresa de forma involuntaria?
– Lo primero que expresan cuando llegan es: “yo me voy, yo aquí no quiero estar; este no es mi sitio; a mí me han obligado, un juez, mi familia…”. Hay que comprender que realmente son ingresos involuntarios, y como vean la puerta abierta, lo normal es que salgan corriendo.
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Cuando la persona adicta quiere irse
– ¿Qué hace el centro en caso de que la persona quiera dejar el tratamiento involuntario?
– Depende del centro, pero sólo en los que son de tipo intervención pueden retener a la persona físicamente. Hablamos de centros públicos, centros carcelarios, centros penitenciarios. Los centros privados, legalmente no están autorizados para una retención física. Pero sí tienen la autorización administrativa para que, llegado ese momento, informen inmediatamente a los cuerpos oficiales de la Policía o la Guardia Civil. Porque sobre estos usuarios rige una orden judicial de ingreso involuntario en la que se indica que deben permanecer internados en ese centro.



– ¿Es frecuente que se informe a los cuerpos de seguridad de un escape?
– No, es muy raro que se vayan. Una cosa es la el verbo, la amenaza, y otra la acción. Hay que tener en cuenta que estas personas están muy limitadas en movimiento, porque la parte más difícil del tratamiento es el inicio, cuando se da el síndrome de abstinencia donde el físicamente no están bien. En esa fase inicial se da más la amenaza de “me voy y me quiero ir”, que la posibilidad de que lleguen a protagonizar una situación violenta o a irse.
– Si la persona protagoniza una situación violenta, ¿qué pueden hacer en el centro?
– Si llegan a una situación violenta o a irse lo único que puede hacer el centro privado, que no es de intervención, es llamar a la policía o la guardia civil. La policía notifica por orden judicial, porque todas las actuaciones que tienen que ver con un ingreso involuntario está tutelado por la Justicia. Incluso los informes terapéuticos pasan por este canal judicial. Por eso la jueza o el juez puede entender, en un momento determinado, que el caso necesita un cambio de registro.
Cómo contienen a la persona adicta que ingresó de forma involuntaria
– ¿Qué significa un cambio de registro en un ingreso involuntario?
– Derivar a la persona adicta a otro perfil de centro donde exista la posibilidad de intervenir físicamente para retener a la persona adicta. Si un centro privado contiene a la persona adicta contra su voluntad, se podría entender como un secuestro. La retención física puede ejercerla quienes están autorizadas legalmente para ello. Y en los centros de desintoxicación trabaja personal socio sanitario, no personal de las fuerzas de seguridad y ni siquiera guardias privados de seguridad.
– ¿Qué herramientas tenéis para “contener” a la persona que quiere irse del centro?
– Queda la herramienta de argumentar, hablar, la terapia en sí, que es muy poderosa para hacerle ver la situación real que sufre y que le rodea. Normalmente estas situaciones críticas se gestionan sin necesidad de que intervengan las fuerzas de seguridad. De hecho, normalmente no se requiere contención física.
Es importante que la persona comprenda que la familia sigue estando dentro de su estructura y de su ciclo de trabajo diario.
Profesionales de centros que reciben ingresos involuntarios
– Es decir, ¿el trabajo terapéutico funciona en casos de ingreso involuntario?
– Sí, es lento, pero muy efectivo. Es lento porque conforma una situación en la que tratas con alguien que realmente no quiere estar allí, por mucho que lo necesite. El objetivo pasa por hacerle ver cuál es la situación real, y que tampoco es una situación deseada por la familia ni por el centro. Y que esta situación ha llegado a tal punto que ha sido necesario activar una serie de recursos contra la voluntad de todos y todas.
Es importante que la persona comprenda que la familia sigue estando dentro de su estructura y de su ciclo de trabajo diario. La familia no le ha abandonado, sino que trabaja junto con él o ella en su recuperación. Desde el centro hay que trabajar mucho en contacto con la familia.
Ejemplos de cómo puede iniciarse un ingreso involuntario
Hay varias formas o vías de que se abra camino un ingreso involuntario. Podemos mencionar algunas.
Por ejemplo: un chico joven que entra en el hospital de urgencias con un cuadro grave y la medica que lo atiende considera que está en una situación de adicciones con salud mental complicada. Lo primero que hizo fue inhabilitarlo y pedir judicialmente su ingreso. Posteriormente, se ha hecho un traslado de centro.
Otra: la propia familia puede iniciar los trámites a través de un equipo jurídico con procurador y abogado, recabando toda aquella información que el centro, el médico, el hospital… le puedan facilitar tanto de historial anterior de ingresos que haya tenido como de lesiones y autolesiones. Incluso antecedentes policiales de delitos, porque a menudo se trata de personas que ya han llegado a sobrepasar límites y tienen causas judiciales pendientes. Toda esa documentación se recopila y la familia hace una solicitud expresa al juzgado.
– ¿Los antecedentes son importantes para que la Justicia ordene el ingreso involuntario?
– Es fundamental que la familia recopile mucha información, desde informes del centro educativo hasta de consultas médicas. Toda la documentación referente a la realidad que las personas adictas están viviendo. Porque quien tiene la decisión de inhabilitarle de su voluntad es el juez o la jueza, y para ellos sólo valen las pruebas.
– ¿Qué pasa si el juez o jueza resuelve favorablemente la solicitud?
La persona queda inhabilitada el tiempo que la jueza estime oportuno.
– ¿Son convenientes este tipo de ingresos desde el punto de vista terapéutico?
– No. Son los menos convenientes.
– ¿Qué debe hacer la familia en una situación en que su familiar provoca situaciones caóticas y no quiere ponerse en tratamiento?
– Desgraciadamente la familia, cuando llega a plantearse la necesidad de un ingreso involuntario, es porque ha tocado un límite. Pero antes de llegar a un ingreso involuntario, hay muchos términos medio en lo que la familia debe de recibir un asesoramiento terapéutico para poder posicionarse ante la situación de su familiar y actuar con herramientas que permitan gestionar las crisis e instar al familiar a ingresarse voluntariamente.
En muchas situaciones de ingreso involuntario, las familias han estado mal aconsejadas, mal guiadas. Y han tomado decisiones a lo largo de los últimos años de adicción de su familiar que han contribuido a llegar a estos extremos. Llevar un seguimiento terapéutico de un adicto sin que acabe en ingreso resulta poco habitual. Lo más común es que la familia, cuando llega a una situación límite, actúe de una forma muy radical: “Directamente lo ingresó o pido su inhabilitación”.
Pero antes de llegar a un ingreso involuntario, hay muchos términos medio en lo que la familia debe de recibir un asesoramiento terapéutico para poder posicionarse ante la situación de su familiar y actuar con herramientas
Profesionales de centros que reciben ingresos involuntarios
En otras palabras: la madurez de la familia para gestionar una adicción representa algo que debemos trabajar socialmente en España. En este país, las adicciones son una enfermedad que se lleva de manera muy íntima, se tapa, se esconde. Y si son personas mayores, los que conviven con ellos lo justifican, más porque vienen de una situación heredada en la que son temas tabúes que no se hablan.
Los casos en que se platean ingresos involuntarios constituyen, en general, situaciones familiares que vienen muy mal gestionadas desde hace tiempo. Y que han desembocado en una situación que se podía haber trabajado de otra forma.
Los resultados cuando un ingreso es involuntario
– ¿Qué evolución terapéutica se consigue con gente que ingresa de forma involuntaria?
– Si se hace un buen trabajo entre la familia, el equipo y la persona adicta, el resultado final es muy bueno. La característica que lo diferencia de un ingreso deseado por la persona, más que en el resultado, puede consistir en la lentitud de llegar a él. Es muy importante, por tanto, el factor “paciencia”. Porque en este aspecto no hay varitas mágicas, no hay nada que nos ilumine y nos haga cambiar sin trabajo. Y en los ingresos involuntarios hablamos de mucha paciencia.
Un ejemplo real: una mujer de 55 años alcohólica que durante años fue ingresada de forma involuntaria en un centro privado y todos resultaban negativos, todos salían mal, todos acababan en abandono, en órdenes judiciales. Entró en un centro partner de Adictalia, donde el trabajo terapéutico integral es el eje vertebral, y se terminó pidiendo la retirada de la inhabilitación judicial porque la evolución fue excelente.
En estos momentos, la mujer se encuentra en tratamiento ambulatorio: ella reside en su casa, en su entorno, y se encuentra estabilizada, con seguimiento terapéutico. Acude al centro ambulatorio días sueltos en la semana.
En tratamiento de adicciones no hay un tiempo de recuperación establecido como normal. Lo que sí está claro es que el tratamiento en un ingreso involuntario es más lento.
Profesionales de centros de desintoxicación que reciben ingresos involuntarios
– ¿Cuánto tiempo de diferencia existe entre un tratamiento con ingreso voluntario y otro con ingreso involuntario?
– En tratamiento de adicciones no hay un tiempo de recuperación establecido como normal. Cada persona es completamente diferente. Y hay que comprender que un patrón de conducta común en una persona adicta es mentir y manipular. Por lo que no se puede caer en lo mismo para prometer tiempos ni resultados.
Hay casos de personas jóvenes que se han desintoxicado en 3 meses y otros que han tardado dos años. Casos de personas mayores que han conseguido una recuperación en 4 meses y otras que lamentablemente han pedido el alta voluntaria porque no pudieron continuar. Lo que sí está claro es que el tratamiento en un ingreso involuntario es más lento.
– ¿Qué es el reemplazo de condena por tratamiento en casos de personas con problemas judiciales por su adicción?
– Normalmente es el propio abogado de la persona quien solicita la necesidad de tratamiento cuando hace la exposición del caso de su cliente ante la jueza. Pero tienen que ser siempre delitos cometidos contra la salud pública y en relación con el consumo. Pero aquí volvemos al punto anterior, dependerá de los recursos de la familia, de su capacidad, tanto la posibilidad de iniciar el trámite, como el tipo de centro al que se derive, que suelen ser privados.
Si quiere ayuda, nos tendrá; pero para salir de esa situación, para tratar la enfermedad. No para darle dinero cuando le falta, hacerle la cama, sacarle de la cárcel o de la calle.
Profesionales de centros terapéuticos que reciben ingresos involuntarios
– Si la persona ha perdido en algún momento la guarda y custodia o, incluso, la patria potestad por su adicción, ¿qué pasa cuando el tratamiento evoluciona favorablemente?
– El abogado de la persona en tratamiento puede tramitar la recuperación la patria perdida o la guarda y custodia de menores. Evidentemente hay que presentar informes, documentación del acompañamiento terapéutico que acredite que la persona ha cambiado. Estos casos ingresan con una realidad legal, administrativa y personal muy complicada.
A medida que transcurre el tratamiento, si lo hace de forma positiva, surgen desde la necesidad de levantar la inhabilitación hasta intentar recuperar la patria potestad perdida o modificar condiciones de divorcio que se habían endurecido por las consecuencias de la adicción.



Cuando el familiar adicto no quiere recibir ayuda para tratarse
Soltarle la mano para que toque fondo
– Cuándo la persona adicta se encuentra en una situación crítica y representa un peligro incluso para la familia, ¿es recomendable echarla de casa para que cobre consciencia?
– Lo importante es que la familia suelte la mano de la persona adicta. Soltar la mano representa situaciones diferentes en cada caso, por supuesto. Por ejemplo, una madre que lleva años levantando cada mañana a su hijo. Éste ha conseguido tener una mínima estabilidad laboral gracias a los esfuerzos de su progenitora. Pero continuamente sobrepasa límites, se excede en el consumo.
Entonces, llega un momento en el que lo único que se le puede indicar a la familia es que lo suelte: es una persona de 32 años, totalmente autónoma para tomar sus decisiones. Se va a caer, como todos, pero el problema no es que se caiga, sino que tiene que aprender a levantarse. Y si la madre sigue haciéndose cargo de sus consecuencias le está impidiendo aprender a levantarse.
– Si esta madre tuviese la posibilidad de gestionar un ingreso involuntario y el juez autorizará, ¿sería mejor esta opción o que, previamente, le soltara la mano?
– Lo segundo, sin duda. El mensaje tiene que ser claro: soltar la mano no quiere decir abandonar: No significa que la persona adicta sienta abandono: “me han dejado”. Porque éste es un sentimiento muy duro luego de reparar. Se trata de que comprenda, por la situación a la que ha llegado, de que debe hacerse responsable de sus actos.
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«¿Tú me estás pidiendo autonomía, me estás argumentando madurez, me estás exigiendo que tu vida es tuya…?» Pues entonces ha de responsabilizarse de las consecuencias de sus actos: perder el trabajo, quedarse sin dinero, perder amistades, tener problemas legales, policiales, físicos…
Soltar la mano no significa decirle a la persona que no la ayudaremos. Sino que, si quiere ayuda, nos tendrá; pero para salir de esa situación, para tratar la enfermedad. No para darle dinero cuando le falta, hacerle la cama, sacarle de la cárcel o de la calle, resolver los problemas que genera en diferentes ámbitos de su vida… Se trata de una ayuda cooperativa para salir de la adicción.
En los casos en que la persona adicta recae y recae y terapéuticamente ya no hay nada que hacer, la terapia va dirigida al entorno familiar: para que pueda aceptar la situación y protegerse.
Profesionales de centros terapéuticos que reciben ingresos involuntarios
Más claro aún: “si te saco de la calle es porque vamos a un centro”. “Si te saco de la cárcel es porque vamos a tratamiento”. “Pero si tú quieres estar en estas situaciones voluntariamente porque has tomado una serie de decisiones y lo único que pretendes de mí es que te saque de la cárcel, ese no es mi trabajo como familiar”.
A la persona adicta debe quedarle claro ese doble mensaje:
- Si tu vida es tuya, la gestionas tú y eres responsable de tu vida.
- Cuando quieras ayuda para salir de la adicción, aquí me tienes porque te amo, te adoro y te quiero y te voy a ayudar siempre. Pero sólo para salir, no para mantenerte.
Existen muchos casos en los que las personas no quieren dejar de consumir. Incluso, no les importa morir de una sobredosis. Hay situaciones reales en que el equipo terapéutico comprueba que es imposible avanzar en el tratamiento, porque la persona lo quiere, es la vida que desea. En estos casos, si la familia sufre, como es obvio, la terapia va dirigida a este entorno, para que pueda aceptar la situación y protegerse.
¿Cuándo optar por esta alternativa?Cuándo plantearse solicitar el ingreso involuntario de un familiar
En todo caso, desde el punto de vista terapéutico, ¿en qué momento ha de plantearse la familia el ingreso involuntario?
Lo ideal en adicciones siempre es el ingreso voluntario. La forma de llegar al ingreso voluntario es soltar amarras y que ellos sufran las consecuencias de sus actos. Si en ese soltar amarras la persona adicta no llega a sufrir la consecuencia de sus actos y cobrar consciencia, y el deterioro emotivo, físico e intelectual es extremo, a la familia aún le queda la opción del ingreso involuntario.
Pero hasta allí hay mucho recorrido familiar y terapéutico. Previamente está el apoyo familiar, la orientación profesional para que la familia tenga herramientas para posicionarse ante la enfermedad. Parte de ese posicionamiento puede ser soltar amarras. Pero, evidentemente, todo el trabajo está enfocado a que haya un ingreso voluntario, deseado, a que la persona llegue a ser consciente de que ha tocado fondo. Con un buen asesoramiento, esto es lo que suele ocurrir cuando la familia se posiciona adecuadamente frente a la adicción. Cuando a pesar de ello la persona se sigue perdiendo, entonces se plantea el ingreso involuntario.
Pablo Pardo, responsable de las respuestas en la parte jurídica de esta entrevista, es licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Barcelona, y experto en derecho de familia, incapacidades civiles y laborales.



¿Qué tipo de consultas recibes más frecuentemente por ingreso involuntario?
La mayoría llega por patologías psiquiátricas, trastornos de personalidad, donde hay un médico que valorará toda esta situación. Son casos donde, por ejemplo, hay trastornos esquizofrénicos graves, u otro trastornos de personalidad, llegando incluso a agredir o amenazar de forma grave a los familiares convivientes, y estos no tienen otro remedio que solicitar un ingreso no voluntario para protegerse a sí mismos y al propio enfermo. En estos casos, el ingreso se realiza en centros psiquiátricos (hospitalarias o no hospitalarios), y siempre hay un control judicial para tener constancia de la evolución, puesto que el internamiento debe tener la menor duración posible.
Como he indicado anteriormente, los ingresos por adicciones son los menos frecuentes, puesto que, en general, la persona adicta conserva su capacidad de obrar y está en plena posesión de sus facultades intelectivas, para poder decidir por sí mismos si deben iniciar un tratamiento de desintoxicación o no y de qué tipo e intensidad.
En muchas ocasiones, sí que hemos recibido casos de progenitores con problemas de ludopatía o drogodependencia y hemos conseguido limitar su guardia y custodia, o incluso privarles de la patria potestad.
¿Cree que falta regulación para el tratamiento de adicciones?
No hay una regulación específica de las consecuencias de la drogodependencia como, por ejemplo, en los casos psiquiátricos. La respuesta que van a recibir judicial en la mayoría de las veces va a ser negativa. La ley se basa mucho en la voluntad del propio enfermo. Si el enfermo no tiene la conciencia de la enfermedad, hasta que no ha caído ya en lo más bajo, en la evolución de la adicción, no se da cuenta de la propia problemática y, por tanto, no quiere ingresar o recibir tratamiento.
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Redacción



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27 comentarios
- Juan Carlos 12 Ago • 16:01
Hola buenos días soy Carlos de Colombia, llevo 3 temporadas en q mi familia me hace el famoso bloqueo, y me dejan en situaciones precarias en los cuales hay maltrato y necesidades, las fundaciones se roban lo q envían los familiares, uno expresa lo precario y las cosas q pasan por q ellos lo tienen bajo su voluntad, valla uno quiera escaparse y lo amarran, nunca hay una carta judicial q lo amerite, ya me han hechos tratamientos psiquiátricos, y en centros de reposo dónde no duro más de un mes, por q no hay un concepto médico q lo amerite ASI, cada vez q salgo se me pierden la mayoría de mis cosas personales y me toca empezar de cero,, he estado comiendo agua calichosa por el hambre! sabe a sal, ! me han amarrado de escorpión por escaparme de estos. Yo vivo en una propiedad horizontal de patrimonio familiar en el cual me pertenece un porcentaje, cada vez q hay controversia me sacan los inquilinos para que mi estabilidad económica este sujeta al orden de ellos por qué me han querido poner de persona inaudita, me han colocado caunciones judiciales por violencia, dónde la única solución q les dieron a través del tiempo y las pruebas, era que me dejarán vivir en mi propiedad como lugar de refugio o q me comprará mi parte para yo irme de la casa y ellos no tener más inconvenientes por mi temperamento y problemas de consumo, el año pasado tuve una crisis y me llevo la policía al hospital y de hay centro de reposo dónde dure como 15 días, ( todo esto al robo de mi moto) pues asumí que fue mi culpa pero hubo gente alrededor que permitió el robo, y pues actúe de una forma agresiva pero sin querer hacer daño a ninguna persona. El caso era que a los 3 días me manda a bloquear con una fundación q ya me habían maltratado físicamente y era precaria las comodidades de este lugar, bueno hechos que son contra de la libertad de expresión y el libre desarrollo , el caso fue que no pude presentar la evaluación del 50 % q valía, y ASI perdiendo el de semestre, y perder el 40%de beca que tenía por mi buen promedio. Yo soy técnico en construcción, tecnólogo en sistemas de gestión, 6 actualmente estudio administración ambiental y de los recursos naturales, quiciera saber q debo hacer para q no me vuelva a suceder esto, por q la verdad tengo una hija la cual responder y la madre puede dar buena fe q le he respondido como buen padre separado de ella, la misma estadía de estás salen de los los 3 arriendo q recibo de unas habitaciones.
También aclaro q.q soy bipolar.
mi madre me colabora mucho encuanto a la comida, y pues si difícil tener algo en concreto si empiezas de cero.
Me gustaría saber ,q se podría hacer para q todo este en armonía para ellos como para mí..,,? - Patricia castillo 09 Abr • 12:46
De locos ..yo la llamaría la enfermedad Cruel ..y no tanto por las consecuencias que la ADICCION causa..es el laberinto sin salida del sistema Político. Sanitario judicial y económico para ayudar Al familiar y por supuesto a nosotros los coadictos..yo no consumo ningún tipo de sustancias ..pero aveces envidio a los Adictos ..pues ellos se anestecian y se escapan del maldito INFIERNO que se vive ..soy madre y nos piden que soltemos a un hijo o hija hasta que toquen fondo ..y a donde van a parar ? en manos de los asesinos que están atentando contra la salud pública ..llamados Narcotraficantes….parece ser que el Trata miento involuntario se lo aplican a ellos. Los llevan presos por vender droga ..los encierran a la cárcel y les dan talleres ocupacionales..techo comida ejercicios
Y lo peor de TODO ..libertad para seguir vendiendo.. .mientras mi hijo sigue en los poblados sin parar pues alli encuentra la medicina (droga)que su cuerpo le pide a gritos…sin embargo sacarle de alli y llevarlo al medico, a urgencias con el sindrome de abstinencia o centros de desintoxicación me piden QUE EL DEBE QUERER Y ENTRAR VOLUNTARIAMENTE..? Si lo primero que pierden es la voluntad.. uno de los pasos para la DESINTOXICACIÓN y parar el consumó es el.proceso que le hacen a los vendedores de DROGA la DESHABITUALIZACION Y EL ENCIERRO …vaya tiradera de pelotas..entre asuntos sociales abogados policía y jueces..MI HIJO NECESITA AYUDA Y yo también..pero segun lo que he leído ..las ley es de este país exigen la Tal VOLUNTAD ..TOCAR FONDO COMETER DELITOS O UNA SOBREDOSIS para un ingresó involuntario..Señores .Señores. por FAVOR ..como.pueden ser tan crueles con nosotras las MADRES ..dejen tanto protocolo y burocracia eso nos está matando y enfermando…la impotencia de no poder hacer nada ante las leyes …..tampoco puedo ingresarlo en contra de su voluntad Porq no ha tocado fondo (matar robar. traficar etcc)y si lo llevo en contra de su voluntad ..no me lo reciben porque acusarian al centro de desintoxicacion o a los terapeutas lde Secuestro ..y si le pido ayuda a la policía
..me dicen que no .porque no hay una orden judicial para sacar a mi hijo De los Narcópisos o narcochavolas porque los podrían denunciar por violación domiciliaria..( Porq según las leyes consideran esas chabolas un Domicilio..Diiios mio yo alucino) según los jueces .. para efectuar un ingresó involuntario debe llegar a la delincuencia .a la violencia o a una sobredosis…. Y QUE DE LA PREVENCIÓN?. claro esto nos compete a los PADRES ..en enseñarles a decir DI .NO A LAS DROGAS
en fin ..el tratamiento y el.proceso lo hacemos nosotras..que vemos en vivo y en DIRECTO este i fierno..pero que más quieren por favor ..que no ven que necesitamos ayuda como la reciben los deabeticos o hipertensos ..etcc .dicen que la Adicción es una enfermedad y hasta cuando la van a seguir considerando un delito? Porque para la salud de nuestros HIJOS adictos debo acudir a policía abogados jueces pruebas delictivas para un ingresó?porque a los diabéticos. Hipertensos o personas con cancer no les piden la Tal voluntad para ser ingresados o tratados?. Señores No somos médicos ni mi casa es un hospital ni soy rica para pagar un internamiento.soy una MADRE que pide ayuda a los profesionales a hacer su trabajó de intervención .. DIOS PERDONALOS PORQ NO SABEN LO QUE HACEN. LA CURA RESULTA MAS DURA DE SOPORTAR QUE LA ENFERMEDAD.. adiós..y trataré de encontrar mi propia estrategia para salir de este INFIERNO llamado.BUROCR ADICCIÓN ..y evitar que en las calles de Madrid ….se sume otro futuro Delincuente o muerte causada por sobredosis . AL DIABLO CON LA TAL VOLUNTAD.. pido JUSTICIA
PREVENCIÓN .DILIGENCIA DESHABITUALUZACION..ENCIERRO .DESINTOXICACIÓN Y REINSERCIÓN PARA NUESTROS HIJOS Y FAMILIARES ADICTOS…
.DIOS .. PROFESIONALES Y FAMILIA .SON LA LUZ DE ESTE TRATAMIENTO ..PERO ES MUY TRIZTE TRABAJAR CON LAS MANOS ATADAS.- Heidy campos bonilla 12 Ago • 08:20
Yo estoy igual ya no se que hacer mis dos hijos ya el mayor ahí va pero mi bebé de 22 está en condición de calle ya no se a donde ir ni a quien recurrir porque cuando el ha querido los centros cobran una exageración han hecho de esta enfermedad un negocio y entonces como soltamos y luego ayudamos si ellos quieren si no hay dinero para pagar hasta 300 mil por mes por una cama este país es un desastre social y la gente se queja de la delincuencia pero esque nadie nos ayuda cuando son menores para el pani prácticamente hay que mantenerlos por es una responsabilidad ya son adultos adictos y delicuentes por dónde empezar no se está sociedad de mierda nos mata a nosotros a ellos y todo nuestro entorno
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Mi hermana es bipolar no confirmada por especialistas ingreso a mi sobrino de 19 años . Si hemos detectado que fuma marihuana de vez en cuando. No nos quiere decir dónde lo llevó que tipo de lugar es , como lo llevo si su consentimiento . El tiene proyectos , quiere ser ingeniero agrónomo tiene una mini granja, es respetuoso amable . No tiene buena relación con su mamá. El vive con su abuelita . Que hago